martes, 26 de enero de 2016

Puntos 3 y 4 de HISTORIA

Chicos, aquí tenéis los puntos 3 y 4 de Historia Contemporánea.
A estudiar... ; )

3. LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA

·         El comienzo de la guerra de la Independencia
En 1807, Francia y España firmaron un tratado que permitía a las tropas francesas atravesar España para ocupar Portugal. Sin embargo, el ejército francés incumplió el tratado e invadió algunas ciudades españolas. La actitud de las tropas francesas causó gran malestar entre la población, que estalló en 1808 en el motín de Aranjuez. Ante la presión popular, el rey Carlos IV tuvo que ceder el trono a su hijo, Fernando VII. Napoleón, el emperador de Francia, aprovechó
los problemas en la familia real española para reemplazar al rey español y nombrar a su hermano, José Bonaparte, rey de España. Pero la población de Madrid no aceptó al rey francés y, el 2 de mayo de 1808, se sublevó contra los franceses. Así comenzó la guerra de la Independencia.

·         El desarrollo de la guerra 
La guerra de la Independencia fue una guerra contra Francia, pero también una guerra civil. La población española se dividió en dos grupos. Por un lado, los patriotas pedían el regreso al trono de Fernando VII. Dentro de este grupo, había absolutistas, que querían que el rey concentrara todo el poder, y liberales, que querían elaborar una Constitución para limitar el poder del rey.
Por otro lado, los afrancesados eran partidarios de tener un rey francés. En 1810, en plena guerra, se reunió en Cádiz un grupo de representantes de los patriotas. Después de largas conversaciones, en 1812 aprobaron la primera Constitución española. La Constitución de Cádiz limitaba el poder del rey y establecía una serie de derechos para los ciudadanos, como la igualdad de las personas ante la ley y el sufragio, es decir, el derecho a votar para elegir al gobierno. La guerra terminó en 1814 con el triunfo de los españoles y Fernando VII fue reconocido nuevamente rey de España.

4. LAS CORTES DE CÁDIZ Y LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
Las Abdicaciones de Bayona habían creado un vacío de autoridad en la España ocupada. Pese a que los Borbones habían ordenado a las autoridades que se obedeciera al nuevo rey José I, muchos españoles se negaron a obedecer. Para llenar ese vacío y organizarse contra los franceses se organizaron Juntas Provinciales y una Junta Central. Se convocó reunión de Cortes extraordinarias en Cádiz, iniciando claramente el proceso revolucionario.
Las sesiones de Cortes comenzaron en septiembre de 1810 y muy pronto se formaron dos grupos de diputados enfrentados:
-       Liberales: partidarios de reformas revolucionarias, inspiradas en los principios de la Revolución Francesa.
-       Absolutistas: partidarios del mantenimiento del Antiguo Régimen (monarquía absoluta, sociedad estamental).
La mayoría liberal, aprovechándose de la ausencia del rey, inició la primera revolución liberal burguesa en España, con dos objetivos: adoptar reformas que acabaran las estructuras del Antiguo Régimen y aprobar una Constitución que cambiara el régimen político del país. 
Estas fueron las principales reformas políticas, económicas, sociales y jurídicas adoptadas por las Cortes de Cádiz
-       Libertad de imprenta (1810).
-       Abolición del régimen señorial.
-       Supresión de la Inquisición (1813).
-       Abolición de los gremios. Libertad económica, comercial, de trabajo y de fabricación (1813).
-       Pequeña desamortización de algunos bienes de la Iglesia.

LA CONSTITUCIÓN
Aprobada el 19 de marzo de 1812 y popularmente conocida como “La Pepa”, este texto legal fue la primera constitución liberal del país. La constitución de 1812 es uno de los grandes textos liberales de la historia, siendo muy célebre en su tiempo. 
Estos son los rasgos principales de la Constitución:
·         Soberanía nacional. El poder reside en la nación, idea opuesta a la soberanía monárquica.
·         División de Poderes.
-       Poder legislativo: Cortes Unicamerales.
-       Poder judicial: tribunales.
-       Poder ejecutivo: Rey, pero con importantes limitaciones:
Sus órdenes deben ir validadas por la firma del Ministro correspondiente, no puede disolver las Cortes, nombra a los ministros, pero estos deben ser aprobados por las Cortes.
·         Nuevo derecho de representación. La nación ejerce su soberanía mediante sus representantes en Cortes.
·         Complicado procedimiento electoral por sufragio universal masculino (hombres mayores de 25 años).
·         Igualdad de los ciudadanos ante la ley. Esto supuso el fin de los privilegios estamentales.
·         Reconocimiento de derechos individuales: a la educación, libertad de imprenta, inviolabilidad del domicilio, a la libertad y a la propiedad.

·         El catolicismo es la única confesión religiosa permitida. La necesidad de contar con la colaboración del clero en la lucha contra los franceses explica este rasgo intolerante que choca con el espíritu avanzado de la constitución.

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